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NACIONES UNIDAS
CONSEJO DE SEGURIDAD

43 (1948). Resolución de 1° de abril de 1948

[S/714, I]

El Consejo de Seguridad,

Por cuanto le corresponde la responsabilidad primordial de mantener la paz y la seguridad internacionales,

1. Advierte la multiplicación de los actos de violencia y de los desórdenes en Palestina y estima que es de suma urgencia lograr una tregua inmediata en Palestina;

2. Invita a la Agencia Judía para Palestina y al Alto Comité Arabe a que designen representantes que acudan al Consejo de Seguridad con objeto de concertar una tregua entre las comunidades árabe y judía de Palestina; y subraya la grave responsabilidad en que incurriría cualquiera de las partes que dejase de observar tal tregua;

3. Invita a los grupos armados árabes y judíos de Palestina a que pongan fin inmediatamente a los actos de violencia.

Aprobada por unanimidad en la 277a. sesión.


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Esta página fue hecha por  Luis DALLANEGRA PEDRAZA

Doctor en Ciencia Política y Relaciones Internacionales (Universidad Nacional de Rosario, Argentina). Profesor y Evaluador en Cursos de Grado, Postgrado y Doctorado en el país y en el exterior. Investigador Científico del "Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas" (CONICET). Director del Centro de Estudios Internacionales Argentinos (CEINAR) y de la Revista Argentina de Relaciones Internacionales, 1977-1981. Director de Doctorado en Relaciones Internacionales, Universidad Nacional de Rosario, Rosario, Argentina, 2002-2005.


Si querés opinar o consultarme, escribime a: luisdallanegra@netizen.com.ar

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